Lunes médicos: Certificación médica de la FAA 101

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Lunes médicos: Certificación médica 101 de la FAA

En esta primera edición de Lunes Médicos,  el abogado de aviación Matthew Bulow Proporciona una descripción general de las regulaciones federales que rigen la certificación médica de pilotos. Los estándares se describen en Título 14 del Código de Regulaciones Federales (14 CFR) Parte 67. Bajo Sección 67.3, Todo solicitante que cumpla con los estándares médicos tiene derecho a recibir un certificado médico de aviador. Si bien existen disposiciones separadas para los certificados médicos de primera, segunda y tercera clase, los estándares básicos son prácticamente los mismos, con las diferencias más significativas relacionadas con los requisitos de visión. Los aviadores de primera y segunda clase deben cumplir con los estándares de visión a distancia 20/20, mientras que los de tercera clase tienen requisitos de visión a distancia ligeramente menos estrictos. Todas las clases deben cumplir con los estándares de visión cromática y los criterios básicos de oído, nariz, garganta y equilibrio.

El reglamento también enumera varias condiciones descalificantes, incluyendo trastornos específicos de salud mental, problemas neurológicos como epilepsia o pérdida inexplicable del conocimiento, y afecciones cardiovasculares como infarto o enfermedad coronaria. Existen disposiciones generales que permiten a la Administración Federal de Aviación (FAA) denegar la certificación por cualquier condición (o incluso el uso de medicamentos) que pueda afectar el desempeño seguro de las tareas de vuelo. Es importante destacar que una condición descalificante no es necesariamente el final del camino. 14 CFR § 67.401, los pilotos aún pueden calificar a través de un Autorización de Emisión Especial (SI) o una Declaración de capacidad demostrada (SODA), dependiendo de si la condición es tratable y limitada en el tiempo o estática y no progresiva.

Ideas clave

  • Cumplir con el estándar, obtener la certificación médica: Según el artículo 14 CFR § 67.3, los solicitantes que cumplen con los estándares médicos de la FAA tienen derecho a la certificación.
  • Diferencias de clase: Los estándares médicos de primera, segunda y tercera clase son en gran medida idénticos, siendo los requisitos de visión la principal distinción.
  • Puntos de referencia de la visión: Los certificados de primera y segunda clase requieren una visión a distancia de 20/20, mientras que los de tercera clase requieren una visión a distancia de 20/40.
  • El color importa: Todos los pilotos deben poder percibir los colores necesarios para el desempeño seguro de sus funciones como aviador.
  • Categorías de salud mental: Ciertas condiciones psiquiátricas, dependencia de sustancias y abuso reciente de sustancias pueden ser descalificantes.
  • Amplio cajón de sastre: La FAA puede negar la certificación para cualquier condición médica o medicamento que pueda afectar el desempeño seguro del vuelo.
  • Ruta de emisión especial: Los pilotos con ciertas condiciones descalificatorias pueden calificar para una Emisión Especial si cumplen con los requisitos de cumplimiento continuo.
  • Opción única: Una Declaración de Capacidad Demostrada (SODA) generalmente se otorga para condiciones estáticas, no progresivas y no suele vencer.

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Mateo Bulow

Abogado, Aviación

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